Vista panorámida de Garrucha en 1900. Fotógrafo: F. de Blain (http://www.portalmanzora.es/a/modules.php?name=coppermine&file=displayimagepopup&pid=6217&fullsize=1) |
Se transcribe el tercer artículo de la serie comentada en la entrada Historia antigua de Garrucha I:
LA TORRE DE LA GARRUCHA
A Bernardo Berruezo
Como decía en mi artículo anterior, las capitulaciones entre los de Mojácar y Vera acordadas el 4 de Abril de 1503, no pusieron término a las rivalidades de estos pueblos; volvieron otra vez a resucitarse las pasiones y se promovió un pleito ruidoso en averiguación de términos jurisdiccionales, siendo Juez el Bachiller D. Juan López Navarro, Corregidor que era de Vera y Mojácar. Mas ocurrió lo que a todo litigante, al principio muy valientes —¡que se pierda todo!— gritan siempre por regla general. —Es cuestión de amor propio— dicen al que le hablan del pleito y acaban por aburrirse, buscando a los amigos para que haya un arreglo. Por esto, cansados de este litigio, acordaron que Jueces árbitros con un tercero en discordia dirimieran sus diferencias otorgando al efecto cada pueblo su correspondiente compromiso. Vera lo otorgó en su cabildo del 7 de Enero del año 1517, asistiendo a la reunión: D. Pedro de Campuzano, Teniente Corregidor de ella y su tierra, con la villa de Mojácar, Pedro de Guevara y Antón Torrecilla, Regidores; se nombró Juez árbitro a D. Francisco Godoy y como tercero en discordia al honrado Pedro de Campuzano. Se consiguió a la vez que los Jueces habían de tener ante sus ojos la imagen de Dios Nuestro Señor y a su bendita madre, por bien de paz entre ambos pueblos. Actuó en este compromiso como Escribano de Sus Altezas, Rodrigo de Salas y fueron testigos rogados Román de Campos y Antón Gálvez, vecinos de Vera.
Mojácar otorgó también su compromiso nombrando árbitro por su parte a Rodrigo de Carrión, Alcalde Corregidor de aquella Villa, aceptando como tercero en discordia al nombrado por Vera, D. Pedro Campuzano. Intervinieron en este compromiso por parte de los mojaqueros, Juan de Aguilar, Alcalde; Rodrigo de Carrión, Juan Pinar y Juan de las Eras, Regidores de la Villa, hallándose también presentes López de Morales, Escribano del Concejo y Rodrigo de Salas, que lo era de Sus Altezas y de la Ciudad de Vera, siendo testigos rogados para el acto Pedro González y Andrés Albarracín.
Todas las diferencias entre estos pueblos rivales, las principales mejor dicho, nacían de que ambas partes se creían en derecho al sitio llamado La Marina.
Los Jueces árbitros celebraron su reunión, discutieron juntamente, según decían los compromisos; los debate tuvieron lugar en la Torre de la Garrucha, junto al aljibe de la Sal. y allí estos Jueces, teniendo ante sus ojos la imagen de Dios Nuestro Señor y su Bendita Madre dictaron sentencia laudal el 20 de Enero de 1517. En doce días hubo tiempo bastante para que estos Jueces oyeran las reclamaciones de estos dos pueblos, recibieran las pruebas, las examinaran, discutieran los puntos sometidos al debate y fallaran. ¡Hoy se necesitan años y años para poder dar por terminado un pleito que por muy sencilla que sea la cuestión!
Dejamos para otro artículo la parte dispositiva de esta sentencia, que fue oída el día de su pronunciamiento con gran alegría por los habitantes de estos pueblos, dándose un tercer abrazo de paz y de concordia, que fue el de Judas por parte de los mojaqueros.
Mojácar otorgó también su compromiso nombrando árbitro por su parte a Rodrigo de Carrión, Alcalde Corregidor de aquella Villa, aceptando como tercero en discordia al nombrado por Vera, D. Pedro Campuzano. Intervinieron en este compromiso por parte de los mojaqueros, Juan de Aguilar, Alcalde; Rodrigo de Carrión, Juan Pinar y Juan de las Eras, Regidores de la Villa, hallándose también presentes López de Morales, Escribano del Concejo y Rodrigo de Salas, que lo era de Sus Altezas y de la Ciudad de Vera, siendo testigos rogados para el acto Pedro González y Andrés Albarracín.
Todas las diferencias entre estos pueblos rivales, las principales mejor dicho, nacían de que ambas partes se creían en derecho al sitio llamado La Marina.
Los Jueces árbitros celebraron su reunión, discutieron juntamente, según decían los compromisos; los debate tuvieron lugar en la Torre de la Garrucha, junto al aljibe de la Sal. y allí estos Jueces, teniendo ante sus ojos la imagen de Dios Nuestro Señor y su Bendita Madre dictaron sentencia laudal el 20 de Enero de 1517. En doce días hubo tiempo bastante para que estos Jueces oyeran las reclamaciones de estos dos pueblos, recibieran las pruebas, las examinaran, discutieran los puntos sometidos al debate y fallaran. ¡Hoy se necesitan años y años para poder dar por terminado un pleito que por muy sencilla que sea la cuestión!
Dejamos para otro artículo la parte dispositiva de esta sentencia, que fue oída el día de su pronunciamiento con gran alegría por los habitantes de estos pueblos, dándose un tercer abrazo de paz y de concordia, que fue el de Judas por parte de los mojaqueros.
Rudericus
(El Eco de Levante, Garrucha, 16 de diciembre de 1901)